I.- El material arrendado se entrega en perfecto estado de funcionamiento y así lo admite el arrendatario, comprometiéndose a conservar el material arrendado en buen uso. Así mismo, será responsabilidad del arrendatario la seguridad del material y en su caso haciéndose cargo de la reparación de los daños producidos por actos vandálicos y/o incidencias ajenas a nuestra Empresa, así como a la reposición del mismo por robo o hurto.

II.- En ningún caso el arrendador podrá hacerse responsable de los posibles perjuicios ocasionados por la demora en la entrega del material que pudiera producirse  como consecuencia de eventuales dificultades surgidas en el transporte,  en la  carga y descarga, así como por circunstancias de fuerza mayor,  entendido ésta como se indica en el derecho internacional  (catástrofes, pandemias, actos de terrorismo, guerras etc.).

III.- En caso de avería grave, considerándose como tal la que impida el desarrollo de la actividad interior de la carpa o edificio y siempre que ésta sea por el uso normal de los equipos, el arrendador se compromete a la reparación o sustitución de los mismos lo más urgente posible y, como máximo, en un plazo de 72 horas desde la comunicación oficial de la anomalía si hay mantenimiento in situ  y de 96 horas si no lo hay. En caso de paro o avería del equipo por mal uso, negligencia, impericia o inobservancia de las instrucciones de uso y mantenimiento, el arrendador cargará en factura todos los gastos que de ella se deriven.

En ningún caso el arrendador se hará responsable de los daños y perjuicios que el paro o avería pudieran ocasionar. No se consideran averías los  disparos de protecciones eléctricas. La asistencia técnica para el rearme de las mismas, generará el correspondiente cargo en las condiciones establecidas o de mercado. 

IV.- En los casos en que el cliente  no pueda cumplir sus obligaciones  contractuales por cualquier causa, incluidas las de fuerza mayor, deberá satisfacer un 20 % como lucro cesante y reserva del material,  y además, abonar las tareas realmente ejecutadas y/o los servicios prestados por Heatcool Event S.L. hasta la comunicación oficial de  la suspensión, sin tener en cuenta el 20 % indicado anteriormente.

V.- Salvo pacto expreso, la oferta será válida durante un mes natural y  hasta una semana antes de la celebración del evento.

VI.- El arrendatario podrá ser inspeccionado en cualquier momento por el personal del arrendador, el cual tendrá libre acceso a las instalaciones del arrendatario.

VII.- El arrendador podrá dar por rescindido el contrato antes de cumplirse el periodo de vigencia establecido en las condiciones particulares, si resultase impagado cualquier plazo establecido entre las partes.  El impago total o parcial de las facturas, devengará un interés que será dos puntos por encima del establecido legalmente como MIBOR. En caso de renting o venta aplazada,  la propiedad de toda la instalación será de Heatcool Event S.L  hasta la finalización del último pago.,  ejerciendo Heatcool Event S.L. el derecho de  bloquear su uso e incluso retirar los equipos en caso de impago de cuotas. 

VIII.- El precio del alquiler será fijado por día natural, semana o mes, según se estipule  en las condiciones particulares,  siendo ésta la unidad mínima de facturación  y para un máximo de utilización de 12 horas al día. Las horas de trabajo que excedan de 12 horas al día se facturarán como suplemento.

 IX.-  El precio indicado  en el presente presupuesto es para montaje y desmontaje en horario laboral normal, de Lunes a Viernes  entre las 8:00h y las 20:00h.  Los trabajos realizados fuera de este horario, tendrán un sobrecoste, si no estuvieran contemplados expresamente en  el presupuesto

X.- Para la puesta en marcha de la instalación, deberá haber suministro eléctrico y/o de agua adecuado a la finalización de nuestros trabajos. Si no se pudiera probar ese día la instalación por este motivo, se facturará el cargo correspondiente por demora.  La realización de un test de prueba, tendrá el coste de un día de mantenimiento, más el desplazamiento.

XI.- Se excluye del presente contrato  la legalización de la instalación ante la Consejería de Industria y demás Organismos Competentes, así como Tasas y Honorarios OCA. Se excluyen también los permisos para la carga y descarga y  permisos para la ocupación de vía pública, que serán por cuenta del arrendatario.

XII.- Se excluye la realización de aperturas de Centros de trabajo, plan de seguridad y salud, evaluación de riesgos específicos o cualquier otro tipo de trámite no recogido en el presupuesto. De ser necesaria la subida de documentación a portales o plataformas web habrá un sobrecoste adicional por cada trabajador a documentar y a determinar en función de las exigencias del cliente. También se excluye  el coste de recurso preventivo y/o sobrecoste derivado por realización de cursos específicos de  cada lugar. En caso de ser necesario, se facturará  aparte y previa aceptación del presupuesto. 

 XIII.- Se excluyen  grúas y  medios mecánicos para carga y descarga  de los equipos, así como plataformas elevadoras para la instalación de conductos o iluminación en cumbrera salvo que se indique expresamente en las condiciones particulares.

XIV.- Queda excluido salvo pacto expreso la restitución estética de la carpa,  remates en lona o  paneles, así como apertura o cierres de cualquier tipo  en paramentos o solados 

XV.- Salvo indicación expresa en el presupuesto, la potencia frigorífica  considerada no será válida para carpas acristaladas,  traslúcidas, transparentes o con lonas de color.  Tampoco será apta la potencia frigorífica  para funcionamiento nocturno de los equipos bomba de calor, salvo indicación expresa.-

XVI.- Deberá proveerse de puntos de desagüe,  para la evacuación de condensados a menos de 5 mts y con pendiente adecuada. En ningún caso se incluye prolongación de desagües, o realización de una red para tal efecto.

XVII.-  Queda excluido la limpieza de  Baterías y filtros de aire, salvo indicación expresa en las condiciones particulares   

XVIII.- Los equipos necesitan para su correcto funcionamiento un área mínima de 3,5 x 2,5 mts, libre de obstáculos. El arrendatario deberá proporcionar un vallado de seguridad para la protección de personas y equipos. No podrá realizarse cerramiento alguno opaco sin la aprobación expresa de Heatcool.

XVIII.-   El cliente deberá indicar  expresamente para tener la consideración de sitio seguro que la instalación cumpla IDA 2 en cuanto a calidad de aire y renovaciones para la lucha contra el Covid-19. 

XIX.- Debido a  la gestión que realiza Heatcool Event S.L. por el cuidado y respeto del medioambiente y al cumplimiento de la legislación local, como el tratamiento de residuos en cumplimiento con la directiva de gases refrigerantes y otros fluidos (aceites, gasoil, etc.), Heatcool Event S.L. solicita a sus clientes el cargo de un 2,5% del importe de alquiler.

 XX.- Para disipar cualquier duda, cuestión o divergencia que pueda surgir de la interpretación, cumplimiento o extinción del mismo, ambas partes se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Badajoz, renunciando a su propio fuero y domicilio si lo tuvieran.  

XXI.- La firma del contrato por parte del arrendatario implica la plena aceptación de estas condiciones generales de alquiler.